SOCIOS DE ADUANAS VERDES
SOCIOS INTERNACIONALES
La República Dominicana ha firmado y ratificado los siguientes Acuerdos Multilaterales Medio Ambientales:
El Protocolo de Montreal, sobre las Sustancias que Agotan la Capa de Ozono. Entre estos bienes están…
El Convenio de Basilea tiene como objetivo proteger el medio ambiente y la salud de las personas…
El Convenio de Rotterdam, aplicable a determinados plaguicidas y productos químicos peligrosos…
El Convenio de Estocolmo, sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COP), proporciona un marco…
Convenio de Minamata, este tratado internacional lucha contra los efectos peligrosos del Mercurio…
El Convenio sobre Armas Químicas (CAQ), sobre la prohibición del desarrollo, la producción, el alma…
La Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre…
El Convenio sobre la Diversidad Biológica persigue la conservación de la biodiversidad, el uso sos…
La Red de Observancia y Aplicación de la Normativa de Vida Silvestre de Centroamérica y Repúblic…
Resolución 1540 (2004) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. El Consejo de Seguridad…
Policía Internacional (INTERPOL), Es la mayor organización de policía internacional, con 190 países miem…
El Centro Regional de las Naciones Unidas para la Paz, el Desarme y el Desarrollo en América Latina y…
El Programa de Control de Exportaciones y Seguridad Fronteriza Relacionada (EXBS), bajo los auspicios…
Estos AMUMA pueden ser bilaterales, multilaterales y regionales; establecen medidas de control y reguladoras, también llamadas medidas de reglamentación, en pro del medio ambiente, como son las siguientes:
• Reglamentos que especifican Procesos y Métodos de Producción (PMP) y normas en materia de contaminación.
• Prohibiciones a la importación y exportación de productos nocivos o dañinos para la salud.
• Restricciones a la importación y exportación dictadas para la conservación y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales.
• Prescripciones en materia de embalaje y etiquetado.
Cada país signatario de los AMUMA es autónomo para adoptar medidas reguladoras, cuando es imperativo prohibir totalmente las emisiones de ciertos contaminantes tóxicos o el uso de productos o sustancias peligrosas.
Estos Acuerdos Multilaterales Medio Ambientales establecen la obligatoriedad en su ejecución y estas normas son puestas en vigencia en las Aduanas, por ser la puerta de entrada y salida de las mercancías que son objeto del comercio internacional.